Estado colombiano otorga por 10 años, permiso de uso a 17 familias campesinas de San Benito Abad Sucre, del Playón Comunal
Luego de ´El Vichal´ en Cereté, ‘Caño Palomo’ se convierte en el segundo playón comunal sobre el que la Agencia Nacional de Tierras otorga permiso de uso y conservación para el sustento de familias campesinas.
A través de la entrega del reglamento de uso y manejo del Playón Comunal ‘Caño Palomo’ en el departamento de Sucre, la Agencia Nacional de Tierras oficializó este miércoles, 11 de marzo, el permiso para que 17 familias campesinas de San Benito Abad puedan explotarlo y conservarlo.
De acuerdo con Campo Elías Vega Rocha, Subdirector de Tierras de la Nación, de la Agencia Nacional de Tierras, quien presidió la entrega que se llevó a cabo en el municipio de San Benito Abad, “A partir de ahora, las 17 familias campesinas podrán hacer uso del playón para generar su sustento y deberán cumplir las condiciones contempladas en el manual de uso y manejo entregado por la Agencia, que busca la conservación de estas zonas inundables”.
Esta es otra de las vías habilitadas por el Estado colombiano para favorecer el acceso a la tierra a las familias campesinas, figura que a su vez, cumple un doble propósito, el primero, es otorgar el derecho a familias campesinas a trabajar la tierra a través de cultivos de pancoger como maíz, fríjol, yuca, plátano y todos aquellos que se dan en menos de un año, que no son de raíces profundas y no dañen el suelo. Y el segundo, es que, en contraprestación, ellos deberán trabajar en su conservación y recuperación.
Entre las restricciones de uso, las familias no podrán construir obras civiles o realizar actos que impidan el acceso como cercarlo; cumplir con las regulaciones sobre conservación, preservación, uso y manejo del medio ambiente y de los recursos naturales renovables; acoger las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y Piscícolas (BPP) expuestas en el reglamento, entre otras.
Campo Elias Vega, explicó que estos playones que pertenecen a la Nación, por su condición de cuerpos de agua, no pueden ser adjudicados a título propio, pero, sí, cedido en calidad de préstamo a familias campesinas sin tierra, para que por un término de 10 años, puedan explotarlo y así mejorar sus condiciones de vida, lo anterior, basados en el Acuerdo 058 de 2018, que hablita a la Agencia Nacional de Tierras para administrar estos baldíos inadjudicable en beneficio de la economía de las familias campesinas.