Regulan publicidad exterior visual política electoral
Mediante decreto Nº 655 la Alcaldía de Sincelejo estableció la regulación de la publicidad exterior visual política o propaganda electoral, que pueden hacer uso los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a las elecciones de Congreso de la República, a realizarse el 13 de marzo de 2022.
El mencionado decreto estipula la publicidad política de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de las que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos.
La regulación se ejerce a la utilización, requisitos, control y sanciones en el municipio de Sincelejo, y la solicitud para su autorización debe radicarse 10 días hábiles antes de su instalación, especificando las direcciones en las que se instalará la propaganda electoral, cuando se trata de propiedad privada deberá anexarse autorización del propietario o copropietario del inmueble.
“La autorización que otorgue la autoridad competente se hará respecto a cada campaña política, es decir el número máximo de autorizaciones se concede respecto a la candidatura y no por partido político que avale o inscriba candidato”, dijo Oswaldo Montesino Torres, secretario de Planeación.
En toda valla debe especificarse el fabricante de la misma, el número de la resolución que la autoriza, el partido y movimiento político; en Sincelejo se podrán instalar únicamente por campaña debidamente inscrita, los siguientes elementos publicitarios:
Un máximo de hasta 70 cuñas radiales diarias de 30 segundos cada una; un máximo de 5 avisos diarios hasta un tamaño de una página por cada edición y un máximo de 30 vallas publicitarias por cada campaña con un área hasta de 48 metros cuadrados.